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«Ley ómnibus»: proponen divorcio exprés sin abogados ni jueces
El proyecto permite que los matrimonios puedan disolverse con la sola presentación de ambos cónyuges «ante el órgano administrativo del último domicilio» del matrimonio.
El proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos o «Ley ómnibus», enviado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional, incorpora un inciso al artículo 435 del Código Civil y Comercial, permitiendo que los matrimonios puedan disolverse con la sola presentación de ambos cónyuges «ante el órgano administrativo del último domicilio» del matrimonio.
Fue promulgada el 12 de junio de 1987 por el presidente Raúl Alfonsín.
El nuevo Código Civil y Comercial admite el divorcio por voluntad de una sola de las partes, si bien impone que el pedido sea acompañado por una propuesta sobre las consecuencias del divorcio: qué ocurre con los bienes, el cuidado de los hijos, la comunicación, los alimentos, etc.
Además, el nuevo código reconoce derechos y obligaciones a los que viven en unión convivencial -antes concubinos -, que hasta su sanción no les eran reconocidos.