Miércoles 27 de noviembre de 2024
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Leandro Zdero juró como gobernador del Chaco

En una sesión especial convocada por la Cámara de Diputados del Chaco, este sábado 9 de diciembre juró como gobernador de la provincia el arquitecto Leandro Zdero y como vicegobernadora, la contadora Silvana Schneider. El acto se realizó en el recinto de sesiones “Deolindo Felipe Bittel” de la Cámara de Diputados del Chaco, ubicado en Brown 520 de la ciudad de Resistencia a las 9 de la mañana.

El flamante gobernador del Chaco, en su primer discurso como máxima autoridad provincial, expresó “es para mi un honor asumir la responsabilidad junto a Silvana Schneider”, y manifestó que “hoy se cumple un gran sueño”. Zdero dijo: “somos hijos de aquellos que con coraje dejaron el esfuerzo en esta provincia. Es por eso que venimos a ratificar el compromiso de trabajar por el sueño que anhelan todos los chaqueños por un Chaco mejor”.

Por otra parte, el gobernador agradeció en primer lugar a su familia y luego a los chaqueños y chaqueñas por el acompañamiento.

A 40 años de Democracia argentina, Zdero citó a Raúl Alfonsín y subrayó: “tenemos una meta: la vida, la justicia y la libertad y para esto hay un método: la democracia”. “Vamos a respetarla y respetar la instituciones”, aseguró.
Zdero y Schneider, fueron recibidos inicialmente en la vereda de la Legislatura, por la actual presidenta del Poder Legislativo, Élida Cuesta; por la presidenta electa Carmen Delgado y por la presidenta del Superior Tribunal de Justicia, Iride Isabel Grillo. Luego, ingresaron al recinto, se entonaron las estrofas del Himno Nacional Argentino y se llevó adelante la toma de juramentos. Posteriormente, las autoridades junto a los legisladores Carim Peche, Gricelda Ojeda, Darío Ivanoff, Juan José Bergia le entregaron al Gobernador de la provincia del Chaco, Leandro Zdero, el bastón de mando hecho por el Orfebre Gonzalo Suarez López, como atributo de poder, de conformidad con lo normado por el Art. 135 de la Constitución de la Provincia del Chaco 1957-1994, según lo establece el Art. 5 de la Ley N°2414-A.

 

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