Miércoles 27 de noviembre de 2024
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Cambios en los planes sociales: todo lo que tenés que saber sobre la medida que oficializó este miércoles el Gobierno

La normativa fue informada a través de los decretos 565/2023 y 566/2023 publicados en el Boletín Oficial por el Ministerio de Desarrollo Social.

potenciar trabajo

El Gobierno Nacional oficializó el traspaso del Plan Potenciar Trabajo de la órbita del Ministerio de Desarrollo Social a la de la cartera laboral a partir del 1 de enero de 2024, y la eliminación de la incompatibilidad que existía para los beneficiarios de pensiones por discapacidad de mantener ese derecho, cuando accedían al mercado laboral.

Se trata de las medidas anunciadas por el ministro de Economía, Sergio Massa, formalizadas este miércoles con la publicación en el Boletín Oficial de los decretos 565/2023 y 566/2023.

Por medio del Decreto 565, se crea el Programa de Inclusión Laboral que funcionará en el Ministerio de Trabajo y tendrá por finalidad «promover la capacitación y fortalecer el sistema formal» de empelo de las personas que «se encuentren desempeñándose en el ámbito de la Economía Popular», se indica en el primer artículo de la norma.

Se establece además que, a partir del 1 de enero de 2024, se transfiere «a la totalidad de las y los titulares» del Programa Nacional «Potenciar Trabajo», que dependían del Ministerio de Desarrollo Social a la órbita de la cartera de Trabajo.

En tanto, los titulares de este Programa de Inclusión Laboral «podrán acceder a las prestaciones ofrecidas en el marco de las políticas y programas implementados en el ámbito del Ministerio de Trabajo relacionadas a la capacitación profesional, formación laboral, certificación de competencias y fortalecimiento del trabajo autogestivo, o desarrollar actividades socio-productivas, socio-laborales, o socio-comunitarias en el marco de una Unidad Productiva que la Autoridad de Aplicación tendrá la facultad de auditar».

Los ministerios de Trabajo y Desarrollo Social estarán además facultados «en el marco de sus respectivas competencias, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y/o de aplicación que se estimen pertinentes para la implementación» de esta norma.

Las carteras serán también responsables de «promover la transferencia de créditos presupuestarios, bienes y dotación de personal -con su actual situación de revista-, existentes a la fecha del dictado de este acto, que resulte necesaria para la referida implementación».

El Decreto 565/2023 lleva la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Agustín Rossi; de la ministra de Trabajo, Raquel ‘Kelly’ Olmos; y de su par de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz.

Boletín Oficial: ¿Qué dice el Decreto 566/2023?

En tanto, el decreto 566/2023 establece que dejará de regir el impedimento formal para que las personas que tienen pensión por discapacidad no puedan acceder al mercado de trabajo y lleva la firma de Fernández, Rossi, Massa y Olmos.

Se deroga de así una normativa vigente desde 1997 y se establece que «la persona con discapacidad y en situación de vulnerabilidad» acceda al «trato más favorable en materia de inclusión laboral, a efectos de brindar una adecuada protección y garantía de igualdad».

El decreto instruye además a los ministerios de Trabajo, Desarrollo Social y Economía, junto con la Agencia Nacional de Discapacidad, «a dictar normas y actos necesarios para la implementación de lo dispuesto».

Además, la Agencia Nacional de Discapacidad «dictará y determinará los criterios, procedimientos y documentación necesaria para el acceso y mantenimiento de las prestaciones instituidas».

 

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