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Parque Nacional Iguazú: autorizan la realización de “microeventos”

El Gobierno Nacional autorizó la realización de “microeventos” en el Parque Nacional Iguazú tras un pedido de su intendenta José María Hervás y, para respetar el medio ambiente y no provocar desmanes, las autoridades informaron que deberán respetarse ciertas medidas, entre ellas, el límite de participantes, la frecuencia, la zonificación y el tránsito.

A través de la Resolución 460/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno informó que se autoriza la realización de dos microeventos por jornada y un máximo de 60 personas por cada festival, según las Medidas de Manejo Ambiental (MMA).

La Intendencia del Parque Nacional Iguazú manifestó a través de un escrito “la necesidad operativa de agilizar el trámite de las actividades de pequeña escala que se desarrollan sistemáticamente en sectores de uso público intensivo, sin implicar modificaciones permanentes ni generar impactos ambientales relevantes”.

Luego del análisis de expertos, se permitió que el Parque Nacional pueda concretar eventos “en sectores de uso público intensivo, con una escala sustentable de participantes, bajo impacto operativo y una modalidad consolidada que requiere una dinámica de tramitación acorde a su naturaleza”.

Para el desarrollo de los festivales, se otorgará la intervención de prestadores y concesionarios habilitados, como forma de resguardar la seguridad de los participantes, y dentro de un dispositivo de control, destaca el escrito.

Limitaciones de carga, frecuencia y uso del espacio:

  • Límite de Participantes: máximo de 60 personas por evento.
  • Frecuencia Máxima: máximo de dos (2) microeventos por día.
  • Zonificación: uso exclusivo en Áreas de Uso Público Intensivo autorizadas, y dentro del horario convencional del Parque.
  • Tránsito: no podrá restringirse el tránsito general de visitantes no participantes del evento.

Requisitos de infraestructura y tecnología:

  • Sonido: queda prohibida la amplificación sonora eléctrica o a batería.
  • Drones: queda prohibido el uso de drones, salvo autorización extraordinaria y fundada en seguridad o registro institucional.
  • Infraestructura: solo se permiten elementos desmontables, portátiles y de bajo impacto. Prohibidas estructuras fijas, ancladas al suelo o cierres totales del área.

Gestión Ambiental y Residuos (Cero-Impacto):

  • Residuos: aplicación obligatoria de la modalidad «Cero-Impacto». El retiro obligatorio de la totalidad de los residuos generados es responsabilidad exclusiva del organizador.
  • Plásticos Descartables: prohibición de plásticos descartables o de un solo uso.
  • Alimentos y Fauna: los alimentos deben manipularse en condiciones que impidan el acceso de fauna silvestre.

Protocolo de Participación Responsable (PPR):

  • Obligatoriedad: el Proponente se obliga a impartir a todos los asistentes el Protocolo de Participación Responsable al inicio de la actividad.
  • Contenido: el PPR debe incluir las normas esenciales de conducta, así como un aspecto institucional sobre los valores de conservación y las principales amenazas del Parque Nacional Iguazú.
  • Potestad de Suspensión: la Intendencia conserva la potestad de cancelar o interrumpir el evento en cualquier momento por razones de seguridad, conservación o incumplimiento de estas MMA. La medida tendrá vigencia con carácter excepcional y transitorio por el plazo de un año desde la fecha de su publicación.

Otro punto expuesto es que toda solicitud para la realización de los microeventos deberá ser presentada con una antelación mínima de cinco días hábiles administrativos previos a la fecha prevista para su realización.

“La Intendencia del Parque Nacional Iguazú será responsable de la verificación, control y fiscalización del cumplimiento de las condiciones establecidas”, remarcaron.

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