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El Banco Central dispuso que ya no se podrán vincular las cuentas bancarias a Mercado Pago

Desde Mercado Pago difundieron un comunicado para explicar el alcance de la medida de la autoridad monetaria que repercutiría en más de 4 millones de billeteras virtuales.

Mercado Pago anunció a todos sus usuarios que por una nueva reglamentación del Banco Central que impide la vinculación de la cuenta bancaria y, de esta manera, imposibilita la opción de “Débito inmediato”.

El comunicado de Mercado Pago sobre la nueva disposición

“Por una norma del Banco Central, desde el 1 de diciembre ya no tendrás vinculada tu cuenta bancaria a Mercado Pago. Las nuevas normativas “A” 7514 y “A” 7841 del BCRA afectarán a más de 4 millones de personas que usan Débito Inmediato para ingresar dinero a sus cuentas”, informaron desde la billetera virtual.

Al mismo tiempo, el comunicado oficial aclara que la persona podrá seguir ingresando dinero en su perfil “mediante transferencia bancaria, que es gratuita y se acredita al instante”. “Estamos esperando una respuesta del Banco Central para solucionar este problema”, cierra el escrito.

Qué dice la normativa del Banco Central que afecta a Mercado pago

La normativa A” 7841 del BCRA fue publicada el pasado 14 de septiembre y dispone que “los participantes de los esquemas de transferencias inmediatas que utilicen el débito inmediato (DEBIN) recurrente para posibilitar a sus clientes el ingreso a sus cuentas de fondos provenientes de cuentas propias habilitadas en otros proveedores deberán discontinuar dicha operatoria y habilitar a sus clientes el servicio de transferencia inmediata ‘pull’”.

Al mismo tiempo, las entidades financieras o billeteras virtuales del estilo de Mercado Pago deberán presentar ante la Subgerencia General de Medios de Pago “un plan de adecuación que detalle cómo migrarán el 100 % de los usuarios que usen DEBIN recurrente como herramienta de fondeo de cuentas propias”.

Asimismo, la autoridad monetaria dictaminó que se puedan cursar transferencias inmediatas ‘pull’, como mínimo, por el monto equivalente a 2.500 UVA para operaciones en pesos por día y por cuenta, cuya equivalencia en pesos inicial corresponderá al valor UVA”.

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