Locales

Condenados por abuso sexual y lesa humanidad no podrán ingresar a la docencia en Chaco

La Cámara de Diputados de Chaco aprobó modificaciones al Estatuto del Docente, impidiendo el ingreso y reincorporación a la docencia a quienes hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad, abuso sexual, perversión de menores, estupro y actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático.

Si bien esta limitación ya forma parte de la Ley de Educación a nivel nacional y provincial, no estaba planteado en el Estatuto Docente que es la ley que rige los derechos y obligaciones de la docencia en Chaco. La modificación aprobada prohíbe el ingreso o permanencia en la carrera docente a quienes hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad, abuso sexual, perversión de menores, estupro, o haya incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático.

Limitación a reincorporaciones

La modificación también limita las reincorporaciones, excluyendo a quienes hayan obtenido la jubilación ordinaria por edad avanzada, a los que hubieren estado alejados de la docencia más de cinco (5) años, y a aquellos condenados por delitos de lesa humanidad, abuso sexual, perversión de menores, estupro, o haya incurrido en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático.

Antecedentes y razones detrás de la modificación

La diputada provincial Zulma Galeano explicó que la prohibición «está en la Constitución y en la Ley de Educación, pero no está en el Estatuto del Docente». Ante casos de personas condenadas que solicitaron el reingreso a la docencia, la Junta de Clasificaciones no tenía fundamentos en el Estatuto para negar la reincorporación. Con esta Ley, la Junta podrá enviar a la justicia para que informe los casos condenados en estas cuestiones.

La Cámara de Diputados de Chaco aprobó modificaciones al Estatuto del Docente.

La Cámara de Diputados de Chaco aprobó modificaciones al Estatuto del Docente.

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